Cualquier persona que alquile habitaciones o porciones de inmueble deberá inscribirse
Las personas que alquilan hospedajes, piezas en casa de vecindad, habitaciones en casas particulares o cualquier otra porción de un inmueble arrendado por partes para ser habitado tendrán que registrarse a partir de ahora en la Dirección General de Inquilinato del Ministerio de Vivienda, según una resolución publicada en la Gaceta Oficial 39582.
Los propietarios deberán informar al organismo gubernamental los datos del inmueble, la identificación de arrendador y arrendatario, la fecha de inicio de la relación, el canon de arrendamiento, el número de habitaciones y los servicios que ofrece, precisa el artículo 2 de la resolución 123, publicada de manera conjunta por los ministerios de Comercio y Vivienda, reseñó “El Nacional”.
Los arrendadores que infrinjan la resolución u obstaculicen las actuaciones de los funcionarios adscritos a los organismos reguladores serán sancionados de conformidad con lo previsto en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios y demás normas aplicables.
El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini, considera válido que el Gobierno quiera llevar un registro de las piezas alquiladas, pero advierte que la medida generará más incertidumbre en el mercado de arrendamiento. “La pregunta es cuál será el objetivo, para qué se utilizará la información”.
La resolución llega 10 días después de que el presidente Hugo Chávez anunció que el Gobierno estaba dispuesto a alquilar inmuebles para las familias damnificadas por las lluvias. El ministro de Vivienda, Ricardo Molina, declaró ayer en la mañana en VTV que el Estado trabajaba en la elaboración de una propuesta que permitiera concretar el anuncio del mandatario. Fuente: Codigo Venezuela.com
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