martes, mayo 15, 2012

Trabajadores residenciales gozan de mismos derechos que sus homólogos de las industrias

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El trabajador como los familiares que habitan con él, tienen los mismos derechos en la vida social, comunitaria, familiar y ciudadana que el resto de los habitantes del lugar
 
Ciudad Guayana.- Al hablar de beneficios y trabajadores, muchos pensamientos se irán hacia las empresas básicas. Pero existe un sector que es merecedor de gozar privilegios laborales al igual que sus similares.
La Ley Especial para La Dignificación de Trabajadores y Trabajadores Residenciales, fue publicada en Gaceta Oficial N° 39.668 del 06 de mayo del 2011. Lo primero que se establece allí, es eliminar la palabra conserje, por ser definido como un término discriminativo. En su lugar, se emplea por ende el de residenciales.
En la exposición de motivos, el documento argumenta “La mayoría de los trabajadores y trabajadoras de conserjería son mujeres, generalmente de avanzada edad y en muchos casos madres solas, que debido a venir desplazadas y con la necesidad de resolver un techo para sus familias asumen este régimen de relaciones de esclavitud y sobre explotación”.
En virtud de que la Ley Orgánica del Trabajo tenía varios desaciertos, el Presidente de la República, la decretó con rango, valor y fuerza, de manera que fuese totalmente autónoma de la LOT.
Para el año pasado, las cifras del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), demostraban que en el país había por lo mínimo 100 mil personas laborando bajo esta condición. Por ello, se asume como otra ocupación que día a día pareciera incrementarse no solamente por las pocas fuentes de empleo que se generan, sino también por las necesidades de muchas familias que se ven en la obligación de salir a la calle a ganarse el sustento y abandonar los estudios en la mayoría de los casos.
Tips
En el análisis realizado por un experto laboral en la página Saint de Venezuela, se detalla:
Artículo 16; la trabajadora mujer disfrutará de la protección laboral de maternidad, la lactancia y el descanso pre y post natal.
Artículo 20; no podrá permitirse que los niños, niñas y adolescentes, sean o no su familia, realicen cualquier tipo de labor en el inmueble.
Artículo 26; estará sometido a jornada diurna, la cual consiste en un máximo de ocho 8 horas diarias y dentro del horario establecido entre las 5 de la mañana y las 7 de la noche. Establece que estará sometido a “fines de semana libres”.
Artículo 28; al igual que en cualquier relación laboral, se dispone que depende de la voluntad del trabajador, laborar horas extraordinarias, por supuesto que respetándose todas las condiciones legales laborales al respecto.
Artículo 29; su sueldo no podrá ser inferior al salario mínimo nacional, pagado en forma quincenal y deberá entregarse recibo de pago.
Artículo 32; el empleado no tendrá que realizar ninguna labor que represente algún grado de peligrosidad.
Artículo 33; El personal en condición de embarazada, tendrá todos los derechos correspondientes.
Artículo 37; si la persona estudia, se le deberá facilitar el proceso acordando modificaciones al horario de trabajo y se señala: “entre otros incentivos, becas y ayudantías”.
Artículo 38; si se pretende un despido sin justa causa, ello deberá ser previamente calificado ante la Inspectoría del Trabajo competente.
Artículo 39; al término de la relación laboral la desocupación de la vivienda por parte del trabajador  no podrá ser por desalojo forzoso y arbitrario para lo cual primero se deberán agotar la mediación y vías administrativas antes de recurrir a instancias judiciales.
Esto quiere decir, que se le deberá respetar su condición de miembro de la comunidad y por lo tanto, tendrá derecho a un plazo mínimo de 3 meses para retirarse. Éste, se contará a partir de la fecha en que se haga efectivo el pago “del total” de las prestaciones sociales y demás deudas laborales que persistieran al término de sus funciones en el lugar. Si lo que ocurre es el fallecimiento del trabajador, sus cancelaciones deberán ser entregadas a sus descendientes. En caso de que no los haya, a sus ascendientes.
Opinión
Para Juan Rodríguez, abogado laboral, las leyes van mejorando de acuerdo a la realidad social de los trabajadores. En este caso, se hizo justicia social luego de que se discriminara a este sector en la LOT; instrumento pre-constitucional no adaptado a la Constitución del '99. Hizo un llamado a dichos empleados, a conocer sus derechos muy por encima de su interés y el cobro de sus salarios. En su experiencia, ha sido rara la ocasión en que un agraviado acude a la Inspectoría “Alfredo Maneiro”; precisamente por la falta de conocimiento de la Ley Especial para La Dignificación de Trabajadores y Trabajadores Residenciales.
05 de Marzo de 2012 
Nueva Prensa de Guayana

18 comentarios:

  1. Buenos dias, es para dejarles una inquietud a ustedes sres. abogados labores, esta muy bien la nueva LOT y la dignificacion etc etc pero que sucede con las exepciones al caso, porque no tomaron precauciones con personas que no conformes a no cumplir con su trabajo, encerrados en su recidencia, llamados de atencion, amonestacion, e informes que se le han hecho al trabajador residencial, y todavia tengo que reunir aun màs alegatos y sin tener respuesta ante el ministerio del trabajo, porque me informaron que despues que lleve todo eso ellos se encargaran de analizar el caso y conciliar las partes.......que conciliar si tenemos un bueno para nada, como trabajor en nuestra residencia......firma::::una afectada que no aguanta el mal olor y la suciedad en su residencia y cancelando al dia todos los beneficios de la ley a un señor que se la pasa acostado.....

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  2. Es de mal gusto, el que usted se exprese asi, lo digo porque al no conocer la realuidad de la otra parte no se puede emitir juicio alguno,habria que oir al trabajador y analizar que es lo que realmente ocurre. no sea que usted y me disculpa si no es asi,sea uno de esos propietarios que hasta que no ve extenuado al trabajador dice que no hace nada.... y que cree que el trabajador o trabajadora es super hombre o mujer, ademas hay mucho que mirar no sea que el edf es muy grande y necesite ayuda..... gracias

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    1. totalmente de acuerdo con usted yo soy trabajadora residencial y tengo que limpiar 14 pisos cuatro veces por semana y no aguanto mi espalda y algunos propietarios quisieran que se limpiaran los pisos todos los días y eso no es lo único que se hace también rastillar los jardines limpiar sótano, limpiar lamparas entre muchas otras cosas (todavía somos esclavizados señores

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  3. LLeven el cso a tribunales laborales y esperen su veredicto, pero en mi opinion que ley tan justa y esperada por ese sector tan vulnerado .......... Felicidades

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  4. Estimada señora al parecer usted est muy mal informada porque la nueva lot comtempla todos los aspectos derechos y DEBERES de los trabajadores residenciales.

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  5. lamentablemente los trabajadores residenciales (quiza no todos) se valieron de esta ley paRA SER MAS SIN VERGUENZAS y los propietarios tenemos q asumir q las reivindicaciones se conviertan en cargas a nuestro bolsillo.

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  6. en nuestra residencia tenemos un enemigo publico y a sueldo, encima tenemos que aguantarnoslo por que la ley no la interpretan a bienestar sino a abusar de los propietario, que tristeza q no agradescan a quienes les dan de comer. abusadores

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  7. en nuestra residencia tenemos un enemigo publico y a sueldo, encima tenemos que aguantarnoslo por que la ley no la interpretan a bienestar sino a abusar de los propietario, que tristeza q no agradescan a quienes les dan de comer. abusadores

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  8. en nuestra residencia tenemos un enemigo publico y a sueldo, encima tenemos que aguantarnoslo por que la ley no la interpretan a bienestar sino a abusar de los propietario, que tristeza q no agradescan a quienes les dan de comer. abusadores

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  9. Mi pregunta es, cómo hacemos con aquellas trabajadoras que no cumplen con el horario, que siemrpe tienen una excusa para pedir permiso y luego no pagan las horas, estoy de acuerdo con que la ley las beneficie pero con ello no quieran algunas trabajadoras abusar, cómo solventar este problema?

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    1. póngase usted a limpiar los pisos y a sacar la basura que es una de las cosas mas asquerosas que tenemos que hacer las trabajadoras residenciales que por necesidad lo hacemos seguramente usted es una de esas propietarias que le pasan las manos al piso a ver si esta limpio y también debe ser una de esas propietarias que no respetan ni la hora de almuerzo que dios la bendiga y la mantenga siempre con mucho dinero para que nunca llegue a ser trabajadora residencial

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    2. Señora los permisos se hicieron para eso,para darlos,esa persona que es una trabajadora es un ser humasno que siente y padece al igual que usted,tambien necesita ir a un medico,acompañar a sus hijos si son menores,y por ahi muchas cosas mas que salen en el camino...usted como mujer lo deviera saber y sobre todo entender....pongale mas humanidad a su alma y corazon...recuerde que todo lo malo que se hace aqui en la tierra se paga aqui mismo.

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    3. En vez de estar pendiente de la vida de la trabajadora,si sale o no sale,pongase hacer ejercicios y dieta,lo digo por la foto ,se ve que esta relllena...agarre oficio

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  10. Buenos dias, tengo muchas dudas
    en mi edificio la trabajadora residencial cumple con todas sus labores pero la junta de condominio no la deja tranquila creo qe es algo ya personal, inclusive llegaron al limite de que en estos dias fue al medico y llegaron hasta el drr. que le dio el reposo a preguntar porque le daba el reposo, tod esto me parece injusto que pudo hacer

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  11. Buenas noches,la ley fue promulgada,pero los prpoietarios hacen caso omiso a esta ley,ellos quieren aparecer como las victimas ,y el trabajador el victimario,....por eso es que estamos como estamos ,por culpa de esta gente sin corazon,sin valores ,sin piedad para su projimo.y mas cuando esos seres himanos son humildes trabajdores que le limpian las porquerias que ellos hacen.

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  12. El asunto no es entrar en discusión. Es como resolver en los casos porque los hay,de aquellos trabajadores residenciales que solo trabajan dos horas, el edificio ni siquiera por partes se limpia, el estacionamiento que es pequeño está sucio, el ascensor sucio. Y sin embargo la comunidad del edificio tiene que limpiar los pisos. Cuando una persona labora en cualquier trabajo debe cumplir sus obligaciones. Que se debe hacer en estos casos entonces. No serán todos. Pero los hay.

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  13. No todos los trabajadores residenciales son maltratados y humillados. Aqui en el edificio se le ha respetado y hasta ayudado en lo que la comunidad ha podido. Pero desde que la ley los protege se han convertido en personas abusadoras, no limpian, no hacen nada. El edificio cayéndose de sucio.se la pasan en la calle. No hay una responsabilidad alguna con su trabajo. La responsabilidad es vital para una buena relación con el patrono. Eso no significa que no puedas enfermarte, salir hacer tus diligencias etc. Pero hay mucho abusador y eso es asi

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  14. Tenemos el caso de nuestro trabajador residencial al cual se le pagan todos los beneficios de la ley, incluso se le paga 1 mes de aguinaldo, intereses sobre prestaciones, etc. El señor tiene otro trabajo en un night club y regresa a las cuatro de la mañana; por lo cual no se le ve en la mañana y es su esposa la que limpia pasillos y frente del edificio, porque él está durmiendo. Realiza reparaciones particulares en su horario de trabajo. Qué podemos hacer?

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