lunes, julio 02, 2012

Petroleras padecen por articulado de la LOTTT

 LaVerdad.com

La legislación establece que por cada seis días continuos de trabajo, el sexto se debe contar para el cálculo de las vacaciones, situación que podría afectar a las empresas petroleras, que por los términos de la convención ofrecen un mayor tiempo de descanso a los trabajadores

La nueva ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT), creada hace dos meses por la Presidencia de la República vía Habilitante, pone en aprietos a las empresas del sector petrolero.

La legislación laboral establece como límite un máximo de 40 horas de trabajo semanales por empleado, así como el disfrute de dos días continuos de descanso.

Pero la regla, que empieza a regir desde el año que viene, es difícil de cumplir en las empresas petroleras, que tienen regímenes de guardia excepcionales, explica Lissey Lee, abogada de la firma Borges & Lawton.

"Este cambio causa un inconveniente en el sector petrolero, donde los trabajadores tienen jornadas especiales, que pueden ser de siete días de trabajo por siete de descanso o 14 por 14; existen diferentes casos".

La especialista en materia laboral indica que la ley no aclara cómo se aplica la norma en casos específicos, por lo que se espera que la precisión se haga en la publicación del reglamento.

Lee considera que la situación de la jornada de los trabajadores, ante la modificación que establece la LOTTT, podría ser incluida en la convención colectiva petrolera.

"Esta es una de las razones por las cuales se pudo haber paralizado el contrato petrolero, que ya debería estar listo, pero que ahora tendría que recibir ajustes por lo establecido en la nueva ley".

Largas vacaciones

La abogada explica que la legislación establece que por cada seis días continuos de trabajo, el sexto se debe contar para el cálculo de las vacaciones, situación que podría afectar a las empresas petroleras, que por los términos de la convención ofrecen un mayor tiempo de descanso a los trabajadores.

"De las 52 semanas que tiene el año, darle un día más de descanso a cada trabajador significaría sumarle 52 días de vacaciones a los ya establecidos en la contratación petrolera; eso sería bastante difícil de cumplir".

La especialista indica que los términos de la jornada laboral deben estudiarse para ser incluidos en la convención, pues los beneficios contractuales no pueden estar por debajo de los establecidos en la LOTTT.

La modificación pone en aprietos tanto a la estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA) como a las empresas mixtas y las contratistas privadas de servicios petroleros.

No hay comentarios:

Publicar un comentario